Inmigración: ¿Cómo beneficia el “parole in place” a cónyuges e hijastros?

Por: Especial

POR HÉCTOR BENÍTEZ CAÑAS

La Administración Biden anunció recientemente el nuevo programa inmigratorio “Proceso para promover la unidad y estabilidad de las familias”. Se ampliaría así el actual programa de libertad condicional en el lugar (parole in place), disponible para los familiares de miembros del servicio militar de EEUU.

El DHS establecerá un nuevo proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes de determinados cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses: que han vivido en Estados Unidos durante 10 años o más; que no supongan una amenaza para la seguridad pública o nacional; que reúnan los demás requisitos para solicitar un ajuste de estatus y merezcan un ejercicio favorable de la discreción.

Si cumplen los requisitos, estos no ciudadanos podrán solicitar la residencia permanente legal, sin tener salir de Estados Unidos y someterse a un proceso consular en una embajada estadounidense en el extranjero

El DHS estima que aproximadamente 500.000 cónyuges no ciudadanos de estadounidenses podrían ser elegibles para acceder al nuevo programa. Aproximadamente, 50.000 hijos de estos cónyuges también podrán acogerse a este proceso.

Requisitos y proceso

Para ser considerado caso por caso para este proceso, un individuo debe:

Estar presente en Estados Unidos sin admisión o libertad condicional (parole); haber estado continuamente presente en Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024; estar legalmente casado con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.

Además, las personas no deben tener antecedentes penales que constituyan una causal de inadmisibilidad según la ley de inmigración, o constituir una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública y deben merecer un ejercicio favorable de la discreción.

Igualmente, en el marco del proceso, los hijastros de los ciudadanos estadounidenses también pueden ser considerados para la libertad condicional (parole in place), siempre y cuando se encuentren físicamente presentes en Estados Unidos sin admisión o libertad condicional y tengan una relación de hijastro calificado con un ciudadano estadounidense, antes al 17 de junio de 2024.

Esta relación se determina si el matrimonio civil entre su progenitor y el ciudadano estadounidense se celebró antes de que este cumpliera 18 años de edad.

Tras la recepción de una solicitud de parole in place, el USCIS determinará caso por caso si se justifica la concesión de la libertad condicional y si el solicitante merece un ejercicio favorable de la discreción. Todas las solicitudes tendrán en cuenta el historial de inmigración anterior del solicitante, antecedentes penales, los resultados de las verificaciones de antecedentes, la seguridad nacional y la investigación de seguridad pública, y cualquier otra información pertinente disponible o solicitada por el USCIS.

(Con la colaboración de Fernando Atencio, law clerk)

* Héctor Benítez Cañas es abogado de inmigración en Miami. Su firma Benme Legal se dedica a la práctica exclusiva de la Ley de Inmigración. https://www.benmelegal.org/

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